domingo, 1 de febrero de 2009

TRANSPORTE SANITARIO


TRANSPORTE SANITARIO
Objetivos del tema
1. Diferenciar los diversos tipos de transporte sanitario.
2. Conocer el Decreto de Transporte terrestre en el apartado sanitario. Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre sección 3 Art. del 133 al 138 (157,158 inclusive) y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Illes Balears
3. Conocer lo que se considera prestación sanitaria complementaria en el transporte sanitario.
4. Conocer las competencias del 061 en el transporte sanitario.
5. Conocer los diferentes tiempos y horas del transporte primario, secundario y transferencia en ruta.
Palabras clave
- Transporte sanitario urgente
- Prestación sanitaria complementaria
- Ambulancia Asistencial
- Transporte primario
- Hora de asistencia
1.1. DEFINICIÓN. TIPOS DE TRANSPORTE SANITARIO
Se define como transporte sanitario el desplazamiento de personas enfermas, accidentadas o que tenga su origen en otra razón sanitaria, en vehículos especialmente acondicionados al efecto.
Se diferencian varios tipos de transporte sanitario.
• Urgente o programado: en función de la existencia o no de limitación en el tiempo disponible para su realización.
• Individual o colectivo: traslado de uno o varios pacientes.
• Asistido o no asistido: administración o no de cuidados al paciente durante el traslado.
• Medicalizado o no medicalizado: presencia o no de médicos entrenados en el equipo de transporte.
• Primario o secundario: hasta el primer centro asistencial o traslado interhospitalario.
Se define como ambulancia al vehículo terrestre, aéreo o marítimo destinado a la realización del transporte sanitario.
1.2. REGULACIÓN DEL TRANSPORTE SANITARIO URGENTE EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA AUTONOMA TRAS EL: DECRETO DE TRANSPORTE SANITARIO
El Decreto Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre sección 3 y procederán conforme a los artículos 31.2 y 37 de la Ley General de Sanidad, regula el transporte sanitario terrestre que transcurra íntegramente en el ámbito territorial nacional y de la Comunidad Autónoma de Baleares. En este decreto se definen los distintos tipos de transporte sanitario en función del origen del servicio, se recogen los tipos de ambulancias de las que podemos disponer y se define asimismo lo que se considera prestación sanitaria complementaria en el tema del transporte sanitario.
En función del origen del servicio, el transporte sanitario puede ser público, privado y oficial.
• Público: es el que se realiza mediante retribución económica por entidad autorizada para tal fin.
• Privado: es el que hacen las entidades sin ánimo de lucro, las empresas para el traslado de su personal accidentado o enfermo y las entidades asistenciales privadas a sus asegurados, todos ellos prestados con vehículo y personal propios y no percibiendo retribución independiente por el servicio de transporte.
• Oficial: es el que se realiza con medios propios de las estructuras sanitarias de las administraciones públicas y organismos dependientes de ellos para la realización de su cometido.

Tipos de ambulancias
En el citado decreto también se indica que el transporte sanitario se realizará exclusivamente en vehículos autorizados, que necesariamente se ajustará a algunos los siguientes tipos.

• Tipo 1: Ambulancias básicas: destinadas al desplazamiento de pacientes en camilla, con equipamiento mínimo para prestar soporte vital básico (SVB), sin estar acondicionada ni dotada para asistencia en ruta. El personal requerido en este vehículo es sólo conductor.
• Tipo 2: Ambulancias asistenciales: dotadas de material de soporte vital básico y acondicionadas para poder llevar material de soporte vital avanzado (SVA) cuando se precise, pudiendo prestar asistencia en ruta. El personal necesario es conductor y ayudante.
• Tipo 3: Ambulancias medicalizadas: dotadas de material de soporte vital avanzado, permitiendo asistencia en ruta y en las que la práctica asistencial es realizada por un médico. El personal necesario es médico, enfermero, conductor.
• Tipo 4: Vehículos de traslado sanitario colectivo: son vehículos especialmente acondicionados para el traslado colectivo de pacientes cuando no revista carácter de urgencia ni aquellos que padezcan enfermedades infecto-contagiosas. Personal necesario: conductor.
• Tipo 5: Vehículos de servicios médicos: destinados al traslado, urgente o no, de personal o material sanitario y acondicionados para funciones sanitarias. Personal necesario: conductor.
El decreto de transporte también regula la dotación material que ha de llevar cada tipo de ambulancia y las autorizaciones necesarias para la realización del transporte sanitario.
Prestaciones sanitarias
Se considera prestación sanitaria complementaria, en las condiciones establecidas en el Real decreto 63/1995, del 20 de enero, el transporte de personas enfermas o accidentadas, cuando concurran alguna de las circunstancias siguientes:
a) Una situación de urgencia que implique riesgo vital o daño irreparable para la salud del interesado y así lo ordene el facultativo correspondiente.
b) Imposibilidad física del interesado u otras causas médicas que, a juicio del facultativo, le impidan
o incapaciten para la utilización de transporte ordinario para desplazarse a un centro sanitario o a su domicilio tras recibir la atención sanitaria correspondiente.
La evaluación de necesidad de prestación de transporte sanitario le corresponde al facultativo que preste la asistencia y su indicación obedecerá únicamente a causas médicas que hagan imposible el desplazamiento en medios ordinarios de transporte.
Su financiación será por cuenta del ib-salut siempre que no exista un tercero obligado al pago.
No se consideran prestaciones sanitarias obligatorias los siguientes traslados:
a) Traslado por asistencia continuada: es el traslado de pacientes desde su domicilio a un centro asistencial o a la inversa por motivos diagnósticos o de tratamiento.
b) Traslado por alta: traslado de pacientes desde un centro sanitario a su domicilio.
c) Traslado por trasplante: traslado de pacientes, órganos o personal sanitario para la realización de trasplantes.
d) Traslado de material biosanitario: es el traslado de material biológico, soporte de pruebas diagnósticas o medios terapéuticos que se realice entre centros sanitarios.
Competencias del 061 en transporte
La gestión del transporte sanitario urgente a los beneficiarios del Sistema Nacional de Salud (INSALUD) en la Comunidad Autónoma de les Illes Balears es competencia exclusiva del 061-IB-SALUT Illes Balears.
La solicitud de transporte sanitario urgente al 061 puede ser llevada a cabo por:
• Cualquier ciudadano: un médico coordinador valora la necesidad de dicho transporte y decide la activación del recurso más adecuado a cada situación en función de los recursos disponibles en ese momento.
• Facultativos en el desempeño de su labor: cuando es un médico el que solicita al 061 una ambulancia para el traslado de un paciente, deberá comunicar al 061 lo siguiente:
- Patología del paciente.
- Situación clínica actual.
- Destino del paciente: hospital, centro de salud, domicilio.
- Cumplimentar la hoja asistencial de la ambulancia de la RTSU.
- Tras realizar una visita domiciliaria informar al 061 de la necesidad de traslado a un centro sanitario si el paciente empeora.
El facultativo que atiende al paciente es el responsable de la solicitud del transporte sanitario urgente al 061 si el enfermo ha de ser trasladado en ambulancia. Rellenará además el informe de urgencias para su recepción en el hospital. En ningún caso el facultativo de Atención Primaria indicará al paciente o a su entorno que llame al 061 solicitando la ambulancia.
Actualmente son competencia del 061:
• Altas hospitalarias.
• Traslado de pacientes para asistencia continuada o consultas.
• Traslado de material biosanitario.
• Traslado de profesionales cuando se trasladan a realizar algún vuelo sanitario del Helicóptero o avión del 061-IB-Salut .
• Traslados secundarios: solamente para pacientes críticos con los helicópteros medicalizados.
Excepcionalmente con ambulancias medicalizadas o con ambulancias asistenciales de la RTSU.
En los secundarios el 061 puede coordinar el envío del recurso necesario al hospital emisor.
1.3. TRANSPORTE PRIMARIO
Definición
Es el transporte de un paciente desde el lugar en donde se produce la emergencia hasta el hospital o clínica receptora.
También se considera un transporte primario el traslado de un paciente desde un centro de atención primaria hasta un hospital.
En un transporte primario hemos de considerar distintas fases
1.- Tiempo de movilización
Es el tiempo que transcurre desde que se avisa a la ambulancia (hora de activación) hasta que ésta sale (hora de movilización). Este tiempo debe de ser el mínimo posible y nunca debe superar los 4 minutos.
Durante la activación es necesario recoger unos datos mínimos por parte del personal de la ambulancia.
• Datos imprescindibles:
- Dirección.
- Población.
- Tipo de servicio.
• Datos secundarios:
- Edad.
- Sexo.
- Circunstancias de la emergencia.
- Datos complementarios de dirección si los hubiere.
Este tiempo debe de ser lo más corto posible. Para ello el personal de la ambulancia debe de estar siempre preparado y cerca del vehículo, teniéndolo en perfectas condiciones.
En el momento de salir deberá comunicarlo a la Central de Coordinación del 061(hora de movilización).
2.- Tiempo de desplazamiento
Es el tiempo que tarda la ambulancia en desplazarse hasta el lugar de la emergencia. Empieza con la hora de movilización y termina con la hora de asistencia. Durará el tiempo que sea necesario, sin correr, respetando los límites de velocidad y el código de circulación. Este tiempo se reduce buscando las rutas más adecuadas (se ha de conocer perfectamente el área geográfica en la que se desarrollará la actuación de cada base de ambulancia), movilizando las ambulancias más adecuadas y teniendo una buena distribución de las ambulancias.
La conducción de emergencia utilizando luces y sirenas se llevará a cabo sólo cuando sea estrictamente necesario. El principal riesgo de la conducción de ambulancias es utilizar la conducción de emergencia como si fuese una prioridad. Es necesario recordar que las sirenas y las luces de la ambulancia sirven para solicitar prioridad de paso, pero no la garantizan inmediatamente. La mejor garantía contra este riesgo es no saltarse el Código de Circulación, especialmente los límites de velocidad. Lo fundamental en una emergencia es no producir más heridos de los que ya hay. El personal de ambulancias que corre demasiado demuestra falta de profesionalidad e inseguridad. Se ha de tener en cuenta que cuando dos ambulancias circulan juntas utilizando las sirenas, deberán utilizar dos tonos distintos.
La reducción del tiempo que pasa desde que la Central avisa a la ambulancia hasta que ésta llega junto al paciente se debe hacer reduciendo el tiempo de movilización y no el tiempo de desplazamiento.
Obtener tiempos de desplazamiento correctos depende de la buena distribución de las ambulancias y no de que éstas corran.
La ambulancia debe de avisar a la Central de Coordinación del 061 en el momento en que llega al lugar de la emergencia: hora de asistencia.

3.- Tiempo de asistencia
Es el tiempo que transcurre desde que se llega al lugar de la emergencia (hora de asistencia) hasta que la ambulancia sale hacia el centro receptor, (hora de transporte). Es el tiempo que se emplea en asistir al paciente en el lugar de la emergencia (valoración, inmovilización,...).
Durante la asistencia es primordial una buena señalización de la zona para evitar nuevos accidentes.
Debe recordarse que hay que proteger, avisar, socorrer y evacuar si procede (PASE).
• Proteger: que incluye la autoprotección y la protección del lesionado (señalizar para evitar otros accidentes, riesgo de incendio...). Si no está la policía presente el personal de la ambulancia debe de colocar las señalizaciones de accidente antes de realizar cualquier otra tarea. Forma parte de la señalización los reflectantes del uniforme del personal (nunca se debe de actuar sin estas prendas sobre todo cuando hay poca visibilidad).
• Avisar: consiste en llamar a la CCU-061por si fuese necesario contar con otros medios o más ayuda para resolver la situación (necesidad de más ambulancias, bomberos, Policía, Guardia Civil, etc.).
• Socorrer: asistir al paciente.
La ambulancia con las luces en funcionamiento es la mejor protección del personal que actúa en la
carretera. Cuando un accidentado necesita rescate o salvamento éste debe llevarse a cabo por personal entrenado y con los medios técnicos adecuados. Es una tarea que corresponde a los bomberos o a otros grupos especializados como Protección Civil. Recuérdese que la extricación o desincarceración consiste en sacar a un lesionado de un lugar en el que se encuentra atrapado. En algunos casos se puede realizar con maniobras sencillas que no supongan un riesgo mayor para el lesionado ni para el personal que lo asiste. Conviene conocer estas maniobras sencillas, que serán las únicas que realizará el personal de las ambulancias. En casos dudosos o más complicados no se deberá intentar nada, se comunicará con la CCU-061 para que avise al personal adecuado.
Durante la asistencia deberemos realizar una primera valoración del paciente, que deberá ser comunicada a la CCU-061. Posteriormente se realizarán las maniobras necesarias para preparar al paciente para su traslado al centro sanitario. Los problemas que se puedan plantear con las personas presentes en el lugar de la emergencia (familiares, personas en el punto,...), deben de ser transmitidos a la Central de Coordinación, que en este caso es el superior inmediato de la ambulancia y desde aquí se darán las órdenes oportunas. Será el Centro Coordinador el que determine el destino del paciente.
En el momento de salir hacia el destino, la ambulancia lo comunicará a la CCU-061: es la hora de
transporte.
4.- Tiempo de transporte
Es el tiempo empleado en ir desde el lugar de la emergencia hasta el centro receptor. Casi nunca está indicada la conducción de emergencia excepto en aquellos casos en que la CCU-061 lo decida tras recibir información de la valoración hecha por el personal de la ambulancia.
Desde el momento en que se introduce al paciente en la ambulancia el TTS deberá estar en todo
momento al lado del paciente en la cabina asistencial. Se ha de garantizar la máxima comodidad del paciente en el interior de la ambulancia durante el transporte, hablándole si está consciente, no poniendo en funcionamiento la sirena si no es estrictamente necesario, conduciendo con mucha suavidad, etc.
El personal de la ambulancia deberá comunicar a la CCU-061 el momento de llegar al centro receptor:
hora de transferencia.
5.- Tiempo de transferencia y reposición
Es el tiempo empleado en transferir el paciente al personal que lo atenderá (transferencia) y en preparar la ambulancia para un nuevo servicio (reposición).
En la transferencia se ha de explicar al personal receptor como estaba el paciente y lo que se le hizo; se recuperará todo el material posible, bien porque se le retire al paciente o bien porque lo facilite el centro receptor.
En la reposición se ha de colocar y ordenar de nuevo todo el material, limpiar el material y la ambulancia, reponer, si es necesario, el combustible.
Es necesario recoger los datos administrativos y facilitárselos a la Central de Coordinación.
Se deberá comunicar a la Central el momento en que se está nuevamente operativa (lista para realizar un servicio en su zona): hora de finalización.
6.- Tiempo de espera
Es el tiempo que transcurre desde que la ambulancia comunica su disponibilidad a la Central hasta que ésta le pasa un nuevo servicio.
Es preciso tener siempre la ambulancia preparada para un nuevo servicio (imprescindible la reposición de combustible). Se deberá realizar una revisión diaria en el cambio de turno del personal. Cada uno es responsable del vehículo cuando hace un servicio, por lo tanto si no se revisó previamente la situación y dotación del vehículo, la responsabilidad es propia.
Se debe recordar que la limpieza es la mejor protección que tiene el personal de la ambulancia frente a cualquier contagio accidental. La limpieza, por lo tanto, forma parte de la reposición que hay que tener en cuenta.
1.4. TRANSPORTE SECUNDARIO
Definición
Es el transporte sanitario que se realiza entre dos hospitales o clínicas. El centro de origen se llama hospital emisor y el de destino hospital receptor.
Los motivos de un transporte secundario pueden ser diversos:
• El centro emisor carece de los medios necesarios para hacer un diagnóstico.
• El centro emisor carece de los medios necesarios para llevar a cabo un tratamiento.
• El centro emisor carece de camas para alojar al paciente.
Durante la realización de un transporte secundario es necesario que la ambulancia avise a la Central de Coordinación de cada uno de los movimientos que realice:
• Hora de movilización. Clave 31
• Hora de llegada al hospital emisor. Clave 32
• Hora de salida del hospital emisor. Clave 33
• Hora de llegada al hospital receptor. Clave 34
• Hora de finalización. Clave 35 y 10 cuando todo el material esta repuesto y la unidad operativa
En la mayoría de estos transportes, sobre todo cuando el paciente se encuentra en estado crítico, se asigna algún personal sanitario (médico o enfermero) que asistirá al paciente en la ambulancia durante el traslado. En este caso será este personal el responsable del paciente. El médico o enfermero puede ser personal que trabaje habitualmente en la ambulancia o puede ser personal destinado para este traslado por el hospital emisor. En este caso es posible que desconozca la colocación de los diferentes elementos o materiales en la ambulancia, por lo que deberá ser ayudado por el personal de la ambulancia.
En algunos casos el traslado del paciente se lleva a cabo con material que no es propio de la ambulancia asistencial. Este material habitualmente es facilitado por el hospital emisor (monitor desfibrilador, bomba de perfusión, pulsioxímetro, incubadora en el caso de recién nacidos, etc.), por lo que será necesario conocer sus características mínimas de funcionamiento (enchufe de electricidad, conexión de oxígeno, etc.). Si este material nos es desconocido, será necesario que en el momento de la entrega se pidan todas las explicaciones pertinentes sobre su funcionamiento. Esto es algo que se debe hacer ante cualquier dispositivo o aparato desconocido que lleve el paciente en el momento de hacerse cargo de él.
Deberemos realizar revisiones periódicas de todo el material de la ambulancia con el fin de mantenerlo en perfecto estado de funcionamiento (realizar las revisiones que indiquen las casas comerciales del aparataje, ver fecha de caducidad en el caso de que llevemos medicación, etc.).


1.5. TRANSFERENCIA EN RUTA
Definición
Es el traspaso de un paciente desde un vehículo de transporte sanitario a otro.
Hay diversos tipos de transferencia en ruta
1. Entre dos ambulancias: de ambulancia asistencial (AS) a ambulancia medicalizada (AM) o a la
inversa, entre dos ambulancias asistenciales,...
2. De ambulancia a helicóptero y a la inversa.
3. De embarcación a ambulancia.
4. De embarcación a helicóptero.
Los casos más habituales son la transferencia desde una ambulancia asistencial a una ambulancia medicalizada
(lo más frecuente), y a un helicóptero.
Transferencia a otra ambulancia: en general se lleva a cabo cuando un paciente en estado crítico y que es trasladado por una ambulancia asistencial es transferido a una unidad de soporte vital avanzado.
Para organizar una buena transferencia en ruta se deben seguir exactamente las indicaciones de la Central de Coordinación, sin tomar en ningún caso iniciativas individuales en relación a los puntos de transferencia, ya que lo más probable será que no se encuentren en el momento indicado.
Transferencia a helicóptero: en la mayor parte de los transportes sanitarios en helicóptero es necesaria una buena coordinación con la red de transporte terrestre. El personal de las ambulancias debe tener en cuenta las normas básicas de actuación en la transferencia a helicópteros, con el fin de preservar nuestra seguridad y la del paciente.
Actividad del 061 de las Illes Balears. Años 2000-2005




2000
2001
2002*
2003*
2004
2005
Actividad 061






Llamadas
226.705
226.280
229.397
267.129
259.306
314.784
Transporte urgente domiciliario
27.597
33.726
36.128
41.573
42.393
43.500
Emergencias
19.570
17.380
17.356
19.306
20.470
20.615
Consultas
50.885
50.133
52.651
60.820
65.503
81.634
Información
130.552
128.737
129.224
149.870
136.523
170.666
Visita domiciliaria
12.999
14.530
16.684
17.434
17.987
18.759
Actividad media/dia






Llamadas
621
620
629
732
708
862
Transporte urgente domiciliario
76
92
99
114
116
119
Emergencias
54
48
48
53
56
56
Consultas
139
137
144
167
179
224
Información
358
353
354
411
373
468
Visita domiciliaria
36
40
46
48
49
51
Actividad media respuesta UME/dia






UME Palma
7,8
8,6
6,6
6,3
5,8
5,7
UME Santa Ponça
4,8
5,8
3,1
3,3
2,4
2,5
UME F.H. Son Llatzer***
..
8,1
6,6
6,0
5,6
5,6
UME Inca
2,7
2,6
2,3
2,3
2,1
2,2
UME Manacor
2,5
2,6
2,3
2,3
2,2
2,1
UME Mao
1,6
1,7
1,5
1,5
1,4
1,5
UME Ciutadella
1,4
2,1
2,0
1,9
1,9
1,7
UME Ibiza
3,0
4,2
3,6
3,4
3,2
3,4
UME Formentera
0,1
0,6
0,6
0,6
0,5
0,5
UME Can Picafort**
..
..
1,1
0,4
0,4
0,5
UME Sant Antoni**
..
..
1,3
0,7
1,2
1,3
Fuente: INSALUD, desde 01/01/2002 IB-SALUT
(*) GESMA en el 2002 se ha transferido
(**) UME operativa desde el año 2002 tan sólo 6 meses
(***) UME durante el año 2001 operativa tan sólo 15 días


Actividad asistencial de urgencias y unidades de soporte por islas del Ibsalut de las Illes Balears. Años 1999-2005
2005
Illes Balears
Mallorca
Menorca
Ibiza
Urgencias




Por dia

1.461,1
181,6

Por 1.000 hab.

809,0
770,0

Por dia y 1.000 hab.

2,2
2,1

Unidad de soporte




Atención a la mujer




Consult/1.000 mujeres*

146,8
130,8

Salud mental




Consult/1.000 hab.




Salud bucodental




Consult/prof/dia

5.653,0
2.434,0


Evolución del transporte sanitario del Ibsalut de las Illes Balears. Años 1999-2002
Unidad: número de servicios




1999
2000
2001
2002

Servicios convencionales





Total
297.931
312.786
323.097
339.518

Consultas externas
48.169
48.456
52.954
52.511

Diálisis
84.108
88.789
88.832
87.350

Radioterapia
15.555
18.804
18.080
17.473

Rehabilitación
109.110
115.329
115.933
140.008

Rehab. Sant Joan de Déu
26.627
35.320
40.140
38.058

Urgencias
14.362
6.088
7.158
4.118

Avión ambulancia





Illes Balears
393
466
488
496

Mallorca
54
53
69
59

Menorca
210
242
281
292

Ibiza-Formentera
129
171
138
145

Ambulancia asistida





Total
26.071
32.002
30.305
36.176




Fuente: INSALUD, desde 01/01/2002 IB-SALUT. Elaboración Ibae



Unidades asistenciales y cobertura poblacional por islas del Ibsalut de las Illes Balears. Años 1999-2005
2005
Illes Balears
Mallorca
Menorca
Ibiza Y Formentera

Centros de Salud
50
41
4
5

Consultorios y Puntos Asistenciales
92
73
7
12

Unidades de Salud Mental
11
9
1
1

Unidades de Atención a la Mujer
15
12
2
1

Unidades de Fisioterapia
18
11
3
4

Servicios de Urgencias (SUAP)
4




PAC
32
26
2
4

EAP.
50
40
4
5

Fuente: INSALUD, desde 01/01/2002 IB-SALUT. Elaboración Ibae

(*) 2: Unidad de Salud Mental Especial: Unidad de anorexia y Unidad Infanto Juvenil








Resumen
Se define el transporte sanitario como el desplazamiento de personas enfermas, accidentadas o que tenga su origen en otra razón sanitaria, en vehículos especialmente acondicionados al efecto. Una ambulancia es el vehículo terrestre, aéreo o marítimo destinado a la realización del transporte sanitario.
Existen varios tipos de transporte sanitario: urgente, programado, individual, colectivo, asistido, medicalizado, primario, secundario.
El transporte sanitario en Baleares esta regulado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre y procederán conforme a los artículos 31.2 y 37 de la Ley General de Sanidad
Aquí se recoge el tipo de transporte sanitario, los tipos de ambulancias, su rotulación, su dotación material y humana, la imagen corporativa de las ambulancias del 061, lo que se considera prestación sanitaria complementaria con relación al transporte sanitario y la documentación necesaria de los vehículos destinados al transporte sanitario.
La gestión del transporte sanitario urgente a los beneficiarios del Sistema Nacional de Salud en la Comunidad Autónoma de Baleares es competencia exclusiva 061-ib-salut Illes Balears.
Actualmente son competencia del 061 los siguientes traslados sanitarios: altas hospitalarias, traslado de pacientes para asistencia continuada, traslado de material biosanitario, traslado de profesionales de los PAC y los traslados secundarios de pacientes, aunque excepcionalmente se pueden realizar traslados de pacientes críticos con los helicópteros medicalizados y con las USVA.
En los transportes primario, secundario y transferencia en ruta, se facilitarán todos los movimientos de las ambulancias a la CCU-061. Durante la asistencia, tan importante como ésta, es la protección del accidentado y del propio personal de la ambulancia. Debemos recordar que la desincarceración de un accidentado debe realizarse por personal entrenado y con los medios técnicos adecuados.

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